ASAMBLEA GENERAL

Es la autoridad suprema de la Cooperativa, se desarrolla dentro de los primeros 90 días naturales siguientes a la terminación del año; su jurisdicción, asuntos a discutir y acuerdos deberán sujetarse estrictamente a los límites que le impone la Ley General de Sociedades Cooperativas, la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, las Bases Constitutivas y el Reglamento Interno de la Sociedad. Debido a la proporcionalidad de los Socios y al número de sucursales se realizan reuniones seccionales, con la finalidad de analizar los planes y proyectos; además de elegir a los Socios que han de representar su grupo en la Asamblea General.

En la Asamblea General se da a conocer la gestión realizada durante el año, así como los logros obtenidos por la Sociedad, además son analizados y resueltos los asuntos de mayor trascendencia para la Cooperativa; asimismo se establecen las normas generales que regirán el funcionamiento de la Sociedad Cooperativa, los acuerdos tomados en la asamblea son de observancia obligatoria para todos los Socios.

Consejeros

La naturaleza del Consejero, proviene de la disposición y voluntad del Socio ahorrador electo democráticamente por la Asamblea General para fungir como representante de los asociados, lo anterior con la finalidad de que se lleve a cabo la sana administración de la Sociedad, orientándola hacia la competitividad y la seguridad de todos los ahorradores.

Cada Consejero tendrá las siguientes obligaciones:

  • Asistir puntualmente y participar en las reuniones, según lo indicado en el reglamento de funcionamiento de cada órgano de gobierno.
  • Mantener un ahorro sistemático.
  • Estar al corriente de sus Obligaciones Crediticias.
  • Cumplir la Normativa vigente.
  • No incurrir en conflicto de interés en compras o prestación de servicios con la Sociedad.
  • Manejar confidencialmente la información y operaciones de los Socios en particular y de la Sociedad en General.
  • Ser fiel en la práctica y promoción de los valores y principios cooperativos.
  • Participar en los programas Cooperativos y de capacitación correspondientes a los Consejeros.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la Asamblea General y tendrá representación oficial de la Sociedad.

El Consejo de Administración estará integrado por 5 miembros.

Sus funciones básicas y principales serán las de Planeación Estratégica y el Control General de los Negocios de la Sociedad.

CONSEJO DE VIGILANCIA

El Consejo de Vigilancia es el órgano de gobierno nombrado por la Asamblea General para supervisar el funcionamiento interno de la Sociedad.

El Consejo de Vigilancia estará integrado por 3 miembros.